Inconstitucionalidad y prejuicios, en la ley antiaborto que promueve el PAN - La Jornada Michoacán
Usted está aquí: jueves 19 de noviembre de 2009 Política Inconstitucionalidad y prejuicios, en la ley antiaborto que promueve el PAN

Vulnera el principio de laicidad, el pacto federal y los derechos de las mujeres

Inconstitucionalidad y prejuicios, en la ley antiaborto que promueve el PAN

De aprobarse, incrementarían los abortos clandestinos y la mortandad femenina, advierte PRD

EDUARDO FERRER

La iniciativa de reforma constitucional presentada por los diputados locales del PAN que pretende garantizar “el derecho a la vida desde la concepción” está basada en falsas premisas; presenta problemas de inconstitucionalidad y prejuicios concretos en contra de las mujeres michoacanas; viola el principio de laicidad del Estado; disminuye los derechos de las mujeres; rompe con el pacto federal; afecta los derechos fundamentales a la libertad reproductiva, la salud y la autodeterminación, entre otros.

Asímismo, obligaría a las mujeres violadas a padecer un embarazo no deseado producto de un delito pues les prohíbe el acceso a la anticoncepción de emergencia; niega el acceso al método anticonceptivo más socorrido (el dispositivo intrauterino) generando más embarazos no deseados, más abortos clandestinos y más muertes evitables de mujeres; y obstruye la aspiración legítima de las parejas con problemas de fertilidad a lograr un embarazo deseado.

Además, la exposición de motivos de la Ley Antiaborto panista –una tendencia legal aprobada ya en 17 estados de la República- presenta similitudes evidentes con el discurso manejado por los Papas Papa Juan Pablo II y Benedicto XVI. Por ello, de acuerdo con un análisis elaborado por la fracción parlamentaria del PRD en el Congreso local y presentado en comisiones por la diputada Gabriela Molina Aguilar, si se llegara a aprobar la minuta, se elevaría a rango constitucional la imposición de un credo.

El documento presentado en la víspera por la perredista reprocha que con la reforma constitucional se pretenda posicionar el derecho a la vida de una forma absolutista, es decir, dejando de lado el derecho a decidir.

Por otro lado, evidencia que la iniciativa –elaborada por el diputado Francisco Morelos Borja- se da por hecho que la fecundación es el inicio de la vida cuando no existe un consenso científico sobre el momento en que esto ocurre: “científicos reconocidos, con información más actualizada que el citado en la iniciativa, discrepan al respecto. De hecho, tampoco existen un consenso en ninguna otra disciplina humana, ni siquiera en la teología. El genoma no puede equipararse a la personas pues entonces los gemelos sería una sola persona”.

Debido a esto, advierte que, de aprobarse la reforma constitucional, se estarían violando los tratados en derecho internacional vinculante, ya que ninguno de esos marcos legales reconocen el derecho a la vida como uno absoluto ni exige un momento específico para el inicio de la protección de ese derecho.

El principio de laicidad del Estado mexicano, por otro lado, sería violado porque este exige que las creencias particulares no sean impuestas a los demás; que el Estado no sea utilizado como vehículo para imponer una creencia; que los dogmas y credos no guíen las leyes y políticas públicas; que se permita a cada uno creer libremente. En contrate, los panistas quieren imponer una creencia sobre cuándo empieza la vida, exigir que las mujeres que no compartan dicha creencia sujeten sus cuerpos a ella y negar la posibilidad de sostener una posición distinta.

En el análisis perredista hay un apartado especial dedicado a las fuentes de la propuesta blanquiazul. Ahí, se hace un comparativo entre el discurso que manejaba el Papa Juan Pablo II en la década de los ochenta (“el derecho a la vida es desde el momento de la concepción hasta la muerte, es el derecho fundamental, raíz y fuente de todos los demás), con los principios doctrinarios de Acción Nacional emitidos hace 7 años: “La vida y la dignidad del ser humano deben protegerse y respetarse desde el momento de su concepción hasta su muerte natural”.

También se compara un extracto de la iniciativa (“Michoacán tutela el derecho a la vida desde el momento de la concepción de un individuo hasta su muerte”) con el mensaje emitido por Benedicto XVI en 1987, cuando aún era Cardenal: “La inviolabilidad del derecho a la vida del ser humano inocente desde el momento de la concepción hasta la muerte es un signo y una exigencia de la inviolabilidad misma de la persona, a la que el creador ha concedido el don de la vida”.

A manera de conclusión, Molina Aguilar alerta que con la reforma panista “simplemente no es posible reconocer jurídica ni lógicamente el derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo. Eso lo dice todo: la iniciativa pretende someter a las mujeres a su ideología, al grado de que no puedan decidir sobre sus propios cuerpos”.

 
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